Seguir leyendo.. SECRETARIA TÉCNICA La secretaría técnica del comité de conciliación será ejercida por un abogado (a) del departamento administrativo jurídico. FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LA SECRETARÍA TÉCNICA Elaborar las actas de cada sesión del comité. el acta deberá estar debidamente elaborada y suscrita por los miembros del comité que asistan a la sesión y el secretario (a) del comité, dentro de los cinco (5) días siguientes a la correspondiente sesión. Verificar el cumplimiento de las decisiones adoptadas por el comité. Preparar un informe de la gestión del comité y de la ejecución de sus decisiones, que será entregado al representante legal del ente y a los miembros del comité cada seis (6) meses. una copia del mismo será remitida a la dirección de defensa jurídica del estado del ministerio del interior y de justicia. Proyectar y someter a consideración del comité la información que este la requiera para la formulación y diseño de políticas de prevención del daño antijurídico y de defensa de los intereses del ente. Informar al coordinador de los agentes del ministerio público ante la jurisdicción del contencioso administrativo acerca de las decisiones que el comité adopte respecto de la procedencia o no de instaurar acciones de repetición. Las demás que el Comité Municipal de Ciencia y Tecnología le asigne acorde con la naturaleza del organismo