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Alcaldía Municipal de Neiva, Huila



Neiva / Gestión / Junta Administradora del Fondo Municipal de Gestión del Riesgo
  • JUNTA ADMINISTRADORA DEL FONDO MUNICIPAL DE GESTIÓN DEL RIESGO

    REPRESENTACION DEL FONDO MUNICIPAL El Fondo para todos los efectos legales será representado por el Jefe de la Oficina de Gestión del Riesgo. El ordenador del gasto será el Alcalde de Neiva o su Delegado.

  • FUNCIONES DE LA JUNTA ADMINISTRADORA DEL FONDO MUNICIPAL DE GESTIÓN DEL RIESGO


    ADMINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS DEL FONDO MUNICIPAL. La Administración de los bienes y derechos del Fondo la realizará la Oficina de Gestión del Riesgo, en forma completamente independiente de los activos del Municipio. No obstante, los recursos del Fondo podrán administrarse a través de fiducias o encargos fiduciarios.

    El Decreto 0288 de 2018 "Por medio del cual se Reglamenta el Fondo Municipal de Gestión del Riesgo de Desastres de Neiva", determina: FUNCIONES DEL PRESIDENTE
    • Liderar la elaboración del plan de inversión del Fondo Municipal.
    • Gestionar y coordinar las acciones tendientes al cumplimiento de las metas establecidas en el plan de inversión.
    • Gestionar la activa participación de los miembros de la Junta directiva.
    • Preparar conjuntamente con la secretaría técnica, un informe semestral y un informe anual de la ejecución del fondo en la respectiva vigencia.


    FUNCIONES DE LA SECRETARÍA TÉCNICA
    • Coordinar el funcionamiento de la Junta directiva.
    • Convocar a los miembros de la Junta directiva a sesiones ordinarias y extraordinarias y cursar invitación a las personas que deban participar en las mismas.
    • Elaborar el orden del día de cada sesión.
    • Elaborar y conservar las actas de cada sesión.
    • Preparar conjunta directivamente con la presidencia, un informe semestral y un informe anual de la ejecución del Fondo Municipal en la respectiva vigencia.
    • Las demás que le sean asignadas por la Junta directiva.


    Artículo 4. REUNIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA. La junta directiva del Fondo se reunirá de manera ordinaria cada 3 meses, y se reunirá de manera extraordinaria cuando las circunstancias así lo ameriten, por requerimiento del presidente. Artículo 5. CONVOCATORIA A REUNIONES. La presidencia, con el apoyo de la secretaría técnica, convocará a las reuniones ordinarias de la Junta Directiva, con por lo menos dos (02) días de anticipación. Así mismo, podrá convocar a las reuniones extraordinarias con la anticipación que se estime conveniente. En la convocatoria se establecerá el sitio y hora de reunión, así como el orden del día.
    Artículo 6. APLAZAMIENTO DE LAS REUNIONES. Las reuniones sólo se aplazarán ante la eventualidad de que la mitad más uno de los integrantes de la Junta directiva notifique a la secretaría técnica por escrito y con razones justificadas, con al menos un (1) día de anticipación, la imposibilidad para asistir a la reunión programada.
    Artículo 7. REALIZACIÓN DE LAS REUNIONES. El quorum para las reuniones se dará la mitad más uno de sus integrantes, así como el quorum decisivo.
    Artículo 8. PARTICIPACIÓN DE OTRAS ENTIDADES EN LA JUNTA DIRECTIVA. A las sesiones de la Junta directiva podrán ser invitados representantes de otras entidades públicas o privadas que, a juicio de su presidente, puedan aportar elementos de juicio sobre las materias o asuntos que deban ser decididos por la Junta Directiva. Estas entidades tendrán derecho a voz, pero no a voto, y serán convocadas por medio de las secretarias técnicas.

  • INTEGRACIÓN DE LA JUNTA ADMINISTRADORA DEL FONDO MUNICIPAL DE GESTIÓN DEL RIESGO


    • Alcalde de Neiva o su delegado, quien actuará como presidente de la Junta, o su delegado
    • El Secretario de Hacienda Municipal, (o quien haga sus veces), o su delegado.
    • El Secretario de Planeación y Ordenamiento; (o quien haga sus veces), o su delegado.
    • El Secretario de Ambiente y Desarrollo Rural Sostenible, (o quien haga sus veces), o su delegado.
    • El Secretario de Equidad e Inclusión, (o quien haga sus veces), o su delegado.
    • El Jefe de la Oficina de Gestión del Riesgo; (o quien haga sus veces), quien actuará como secretario de la Junta y la convocará.
    • El secretario de vías e infraestructura, ( o quien haga sus veces), o su delegado.

    PARÁGRAFO. Los secretarios o jefes de oficina que conforman la Junta Administradora únicamente podrán delegar su participación en ella en los servidores públicos de carrera administrativa. A las sesiones de la junta administradora podrán ser invitados delegados de otras entidades públicas o privadas que a juicio de su presidente o representante legal, puedan aportar elementos de juicio sobre las materias o asuntos que deban ser decididos por la junta.
  • CONTACTOS


    Jefe de la Oficina de Gestión del Riesgo 8759422 – Cel: 311-2179507
    Línea de Emergencia 119
  • REGLAMENTO


    Decreto 0288 de 2018 Por medio del cual se reglamenta el Fondo Municipal de Gestión de Riesgo de Desastres de Neiva

  
  
  
  
  
202226/08/2022ACTA JUNTA ADMINISTRADORA FGR AÑO 2022Socialzacion de los Decretos reglamentatarios del Fondo Municipal  de Gestión del Riesgo y Movimientos de las Vigencias Año 2020-  2021-2022. ACTA JUNTA ADMINISTRADORA FGR AÑO 2022
202016/04/2020Acta 001 de 2020 JAFMGRDActa 001 de 2020 JAFMGRDActa 001 de 2020 JAFMGRD
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